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Diálogo jurisprudencial interamericano
El libro Diálogo jurisprudencial interamericano está integrado por textos jurídicos, que cumplen con los criterios de calidad, para ser publicados, los capítulos que lo construyen son inéditos, con la finalidad de mantener un nivel de exigencia científica, se verifica que el proceso de revisión de cada uno de los capítulos del libro en comento, sea realizado bajo el principio de revisión arbitral por pares a doble ciego por un Comité Científico de Investigadores Nacionales e Internacionales, externos a la Editorial Primera Instancia.
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La obligación general de negociar en la cuestión Malvinas
Uno de los aspectos más inquietantes para el tesista suele ser la elección del tema de su trabajo. Los expertos aconsejan seleccionar un tema específico, bien delimitado, significativo o atractivo para el estudiante, que a la vez constituya un desafío intelectual, al presentar un enfoque o punto de vista novedoso, pero factible de realizar, con fuentes asequibles y susceptibles de análisis riguroso por parte del tesista. Algunos también señalan la importancia de que la cuestión sea de relevancia actual, que no solo le proporcione una satisfacción personal al investigador, sino que represente interés o utilidad para la comunidad académica en general y, en particular, para el país o la región en la que habita o se desarrolla profesionalmente.
Al elegir el tema, Tomás M. Guisado Litterio siguió todas estas recomendaciones. Partió de un tópico específico: la obligación de solucionar las controversias internacionales por medio de la negociación, siempre de interés para la comunidad académica internacional, y lo aplicó a la cuestión de las Islas Malvinas. El tema no solo es, por razones obvias, de relevancia y actualidad para la República Argentina, sino también para otros países, incluso de la región, que enfrentan controversias similares no resueltas y pueden beneficiarse del análisis de los instrumentos jurídicos efectuados por el autor, con miras a justificar la obligatoriedad de la negociación, así como del minucioso relevamiento jurisprudencial y doctrinario efectuado.
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Los nuevos derechos en la doctrina constitucional de la Suprema Corte de México
Los avances en la ciencia y en la tecnologia, asi como los cambios en las relaciones sociales y en sus necesidades -enmarcados en el paradigma de la globalización y amparados por una tendencia mundial de otorgar una tutela multinivel de los derechos fundamentales- han originado que se debata sobre la existencia de nuevos derechos fundamentales. En efecto, los cambios en el paradigma de la convivencia social exigen una constante actualización legislativa y, a su vez, representan una oportunidad para ampliar la protección de los derechos, e incitan a reanalizar el contenido de las leyes que los contienen.
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La integración a través de los derechos: La promulgación de una carta centroamericana de derechos fundamentales
En la actualidad, la protección jurisdiccional de los derechos no es competencia exclusiva de los Estados. La finalización de la II Guerra Mundial condujo a una reacción de la comunidad internacional por instaurar mecanismos de protección de carácter universal y regional que tuvieran un carácter complementario a la jurisdicción nacional, en donde cada Estado –de forma paulatina- promulgó una constitución con un catalogo de derechos fundamentales y órganos de justicia constitucional para garantizar su supremacía.
A ello se complementa la esfera de protección que han recibido los derechos fundamentales en el ámbito supranacional por el derecho comunitario. Lo anterior presupone que los Estados paulatinamente fueron transfiriendo competencias que anteriormente le eran exclusivas a instancias universales, convencionales y supranacionales, que conlleva un replanteamiento del concepto de soberanía que impera actualmente.
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Pandemia por COVID-19 y grupos de riesgo. Consideraciones médico legales al requerimiento de los magistrados
El riesgo que representa la actual pandemia COVID-19 en las cárceles en términos de riesgo de transmisión, exposición y daño a las personas que se infectan es mucho mayor que de la población general. Así lo han expresado diferentes organismos internacionales, enfatizando en la mayor vulnerabilidad de salud de la población carcelaria representada por diferentes entidades mórbidas, que configuran grupos de riesgo al COVID-19. En este marco de situación, el informe médico forense al requerimiento de un magistrado conforme a una determinada patología considerada como de riesgo, será determinante aunque no vinculante, de la medida a adoptar por parte de la justicia.
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Conventionality control of domestic “abuse of power”: Maintaining human rights and democracy
Human rights courts often behave as constitutional courts especially when they have the ability to control the “separation of powers” in States in accordance with human rights conventions (“conventionality control”). This study comments on the latest “abuse of power” jurisprudence of the European and Inter-American courts of human rights, which embraces rich implications for re-evaluating general and specific provisions that place democratic limitations on human rights violations. The first section confirms that the courts have recently implemented conventionality control of “abuse of power” against judicial independence, voices of political opposition and media pluralism, in all such unfair exercises of authority adverse influences are exerted on individual (human rights) and collective (democracy) aspects. The next section justifies or criticises the courts’ decisions on the prodemocratic fair balance tests (legality, legitimacy and proportionality) embodied in human rights conventions’ general and specific limitation clauses, which have rarely been scrutinised until recent cases of “abuse of power”. In essence, this study shows that value-oriented momenta in their practical decisions can contribute to a future mapping of constitutionalism beyond the State (ius constitutionale commune), limiting domestic abuse of kratos (power) of the demos (people) in terms of international human rights sources.
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