Peculiar consideración de las cosas que se encuentran dentro del Estado que estatuye sobre ellas. /Aplicabilidad de leyes o reglamentos dentro del territorio en que se hayan dictado, sean nacionales o extranjeros los residentes. /Ficción jurídica que lleva a estimar partes del territorio nacional los buques de guerra, aun en aguas jurisdiccionales de otro país, y los domicilios de los agentes diplomáticos; y, por tanto, exentos de la ley local si es la extranjera. (Fuente: Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. G. Cabanellas).
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