Contrato conforme el cual el asegurador se compromete a entregar al asegurado, o al beneficiario que éste designe, un capital o renta al realizarse el acontecimiento determinado o durante el plazo previsto; se tima generalmente la muerte o la supervivencia del asegurado, ésta a partir de cierta fecha. Nombre corriente del que es mejor denominador seguro sobre la vida, para esfumar todo equívoco de pretender “asegurar” la imposible inmortalidad terrenal del hombre. (Fuente: Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual)
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