Tres escenarios jurídicos deben ser diferenciados en el estudio y análisis:
Legislación (internacional-nacional-provincial): que regula la inserción de los Pueblos Indígenas en la vida del Estado, sus derechos específicos difrenciados de los que le son aplicables a sus miembros, en tanto ciudadanos o habitantes del país.
Tratados: entre los Pueblos Indígenas y las estructuras políticas del Estado, acuerdos que -aún históricos- estarían vigentes, aunque no se tenga noción de ello. Acuerdos integrados a leyes posteriores, aunque su texto no aluda expresamente a los pactos originantes
Normativa consuetudinaria indígena: vigente en las relaciones internas entre los miembros de los Pueblos Indígenas. Con Instituciones diferenciadas en cada caso.
Se utiliza como connotante de sujetos de derecho cuyos miembros se relacionan a través de reglas de comportamiento consuetudinarias, conocidas y practicadas de acuerdo con tradiciones, orales en su mayoría.
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